martes, 25 de marzo de 2014

Reporte policíaco PGJ 20140325

Willliam Samuel de la Cruz Aguilar

PERSONAS A DISPOSICIÓN DEL MPFC
Chetumal, Quintana Roo a 25 de marzo de 2014. El Ministerio Público del Fuero Común, adscrito a la Unidad Especializada en Delitos Sexuales, informó que  tiene a su disposición a William Samuel de la Cruz Aguilar, como presunto responsable del delito de abuso sexual.


Jorge Wilbert Aguilar Escalante


También se encuentra en los separos de la Policía Judicial, en espera de que se determine su situación jurídica, Jorge Wilberth Ruiz Escalante, implicado en el delito de lesiones, por el cual se le integra en su contra un expediente.


EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL
Chetumal, Quintana Roo a 25 de marzo de 2014. Con base en los elementos probatorios encontrados, el Ministerio Público del Fuero Común determinó ejercitar acción penal en contra de David Gómez Ramírez, por el delito de robo calificado.

También, tras integrarse la averiguación previa respectiva, el representante social consignó al Juez Penal a Gerardo Rosales Aparicio, el cual es señalado de haber cometido el delito de abuso sexual, en agravio de una menor.

Ambas personas, por separado, fueron trasladadas al Centro de Reinserción Social, en donde quedaron a disposición del Juez Penal correspondiente.


ÓRDEN DE APREHENSIÓN CUMPLIMENTADA
Chetumal, Quintana Roo a 25 de marzo de 2014. Francisco Javier Torres Iuit, fue detenido por agentes de la Policía Judicial, en cumplimiento a una orden de aprehensión relacionada con la causa penal 222/2001, por el delito de abusos deshonestos, por lo que una vez certificado por el médico de la PGJ, fue trasladado ante el Juez Primero Penal, para los trámites correspondientes.


TRASLADO AL CERESO DE PRESUNTOS HOMICIDAS
Chetumal, Quintana Roo; 25 de marzo de 2014. Con base en los elementos que integraron el expediente respectivo, por el delito de homicidio calificado, el cual en su momento fue integrado y consignado al Juez Penal, se trasladó al Cereso de Chetumal a Damián Puc Alcocer, Alfredo Hernández Landeros, Julio César González Cámara y José Anselmo Bustamante González, como presuntos responsables del ilícito, en agravio de José Guadalupe Gómez Quijano, con base en una orden de aprehensión emanada del proceso 108/2014 del Juez Primero de lo Penal.

Yo lo ví todo...(involucrada esposa de jefe de escoltas de RBA)


Taxi de Servicio Público de Transporte del aeropuerto a diversos puntos de la ciudad...no tiene placa






Propietarios del automóvil Jetta blanco estacionado a un lado

  • Involucrados en el hecho de tránsito preguntan ¿quién es éste? ¿es periodista? Recordemos que de acuerdo a los artículos 6º y 7º de la Constitución Mexicana cualquier ciudadano tiene el derecho de ejercer el periodismo
  • ARTICULO 6. LA MANIFESTACION DE LAS IDEAS NO SERA OBJETO DE NINGUNA INQUISICION JUDICIAL O ADMINISTRATIVA, SINO EN EL CASO DE QUE ATAQUE A LA MORAL, LA VIDA PRIVADA O LOS DERECHOS DE TERCEROS, PROVOQUE ALGUN DELITO, O PERTURBE EL ORDEN PUBLICO; EL DERECHO DE REPLICA SERA EJERCIDO EN LOS TERMINOS DISPUESTOS POR LA LEY. EL DERECHO A LA INFORMACION SERA GARANTIZADO POR EL ESTADO. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 11 DE JUNIO DE 2013) TODA PERSONA TIENE DERECHO AL LIBRE ACCESO A INFORMACION PLURAL Y OPORTUNA, ASI COMO A BUSCAR, RECIBIR Y DIFUNDIR INFORMACION E IDEAS DE TODA INDOLE POR CUALQUIER MEDIO DE EXPRESION. (ADICIONADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 11 DE JUNIO DE 2013) EL ESTADO GARANTIZARA EL DERECHO DE ACCESO A LAS TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACION, ASI COMO A LOS SERVICIOS DE RADIODIFUSION Y TELECOMUNICACIONES, INCLUIDO EL DE BANDA ANCHA E INTERNET. PARA TALES EFECTOS, EL ESTADO ESTABLECERA CONDICIONES DE COMPETENCIA EFECTIVA EN LA PRESTACION DE DICHOS SERVICIOS. (ADICIONADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 11 DE JUNIO DE 2013). 

    ARTICULO 7. ES INVIOLABLE LA LIBERTAD DE DIFUNDIR OPINIONES, INFORMACION E IDEAS, A TRAVES DE CUALQUIER MEDIO. NO SE PUEDE RESTRINGIR ESTE DERECHO POR VIAS O MEDIOS INDIRECTOS, TALES COMO EL ABUSO DE CONTROLES OFICIALES O PARTICULARES, DE PAPEL PARA PERIODICOS, DE FRECUENCIAS RADIOELECTRICAS O DE ENSERES Y APARATOS USADOS EN LA DIFUSION DE INFORMACION O POR CUALESQUIERA OTROS MEDIOS Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACION ENCAMINADOS A IMPEDIR LA TRANSMISION Y CIRCULACION DE IDEAS Y OPINIONES. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 11 DE JUNIO DE 2013) NINGUNA LEY NI AUTORIDAD PUEDE ESTABLECER LA PREVIA CENSURA, NI COARTAR LA LIBERTAD DE DIFUSION, QUE NO TIENE MAS LIMITES QUE LOS PREVISTOS EN EL PRIMER PARRAFO DEL ARTICULO 6o. DE ESTA CONSTITUCION. EN NINGUN CASO PODRAN SECUESTRARSE LOS BIENES UTILIZADOS PARA LA DIFUSION DE INFORMACION, OPINIONES E IDEAS, COMO INSTRUMENTO DEL DELITO. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 11 DE JUNIO DE 2013)

    Jetta con el cual interceptaron al Taxi que presta servicio en el aeropuerto
    Otro vehículo conducido por personas que se presentaron al lugar de los hechos para apoyar a la conductora del Jetta
    El conductor (a) rompió el espejo cuando le cerró el paso al automóvil del Servicio Público de Transporte
    Patrulla que oportunamente interceptó a la conductora del vehículo Cruze LT cuando huía por la calle Palermo
    Jefe de escoltas del gobernador y su esposa, la conductora del automóvil Chevrolet blanco Cruze LT USJ 890-A, presunta propietaria del taxi que presta servicio en el aeropuerto
    El sujeto de camisa de cuadros inmediatamente se retiró para no salir en la foto, dejando a su esposa al momento de tomar la gráfica.
    Acompañante de la mujer propietaria del Jetta Gris GRU 46-19, estacionado en el templo
    Este sujeto con una piedra golpeó el vidrio de la ventanilla del conductor del taxi para obligarlo a descender de la unidad
    Posteriormente ambos sujetos estuvieron platicando con relación a los hechos
    Un vecino que casualmente acababa de realizar ingerir sus alimentos salió al portal de su casa cuando ocurrieron los hechos..."Yo lo ví todo...fue como una película, nunca había visto algo así".
    Relata que el vehículo Jetta le cerró el paso al taxista y éste para evitar el choque volanteó quedando sobre el camellón, cuando un sujeto con camisa blanca, pantalón y gorra color caki, descendió de ésta unidad y tomó una piedra y empezó a golpear el panorámico del taxi obligando al conductor a descender de la unidad.
    El Jetta gris continuó su curso y buscó refugio en el costado de un templo que se encuentra en las proximidades.
    El testigo se percató que una patrulla seguía a otro vehículo, que resultó interceptado sobre la avenida Palermo.
    Posteriormente arribó una camioneta cerrada Toyota y se estacionó en el estacionamiento del Templo.
    "Todo fue muy rápido, comenta el vecino, esto no había ocurrido nunca...al menos no había prescenciado algo parecido en Chetumal...no sé de que se trata...por qué no le preguntas a ellos..." dijo señalado a Didier Vázquez.
    Al acudir ante el director de la Policía Judicial para cuestionarlo dijo..."no se puede pasar a esta área, está restringida para realizar las investigaciones...puede tomar fotos, pero fuera de los señalamientos..."
    Otra versión, narrada por un periodista que acudió oportunamente al lugar de los hechos, dijo que desde la mañana andaban con rencillas, tratando de detener al taxi, hasta que lo lograron..."no se más" comentó.