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sábado, 6 de diciembre de 2008

Dictan arraigo a distribuidores de pornografía infantil en Yucatán

De acuerdo con la averiguación previa que realizaron las autoridades, los presuntos infractores transmitían el material desde un sitio de internet a otras partes del mundo.

Notimex / La Jornada On Line
Publicado: 06/12/2008 17:13

Mérida. El Juzgado Quinto de lo Penal dictó orden de arraigo contra dos personas que se dedicaban a la producción, distribución y venta de pornografía infantil desde el municipio de Izamal, ubicado al oriente de Yucatán.
Los inculpados, Herbé o Herbert René Zumbardo Aranda y José Jesús Zumbardo Malaverth o Malaverh, acusados por los delitos de corrupción de menores e incapaces y pornografía infantil, encubrían sus actividades a través de un cibercafé.
De acuerdo con la averiguación previa que realizaron las autoridades, los presuntos infractores transmitían el material desde un sitio de internet a otras partes del mundo; sin embargo, específicamente en España fue donde se tuvo conocimiento de los hechos delictivos que motivaron la indagatoria.
De acuerdo con la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), el negocio denominado "Direcway Internet", ubicado en la cabecera municipal de Izamal, se dedicaba a la renta, almacenamiento, recepción, transmisión, de imágenes y videos pornográficos.
Incluso, tenían en su poder portadas, catálogos, carpetas y videos en los que aparecen imágenes pornográficas de menores de edad, además
De igual manera, contaban con diversos archivos y/o películas en formatos DVD y VHS, los cuales se rentaban por cinco pesos, e incluso se vendían en forma directa, los cuales, se cree que eran elaborados por ellos mismos.
De acuerdo con información de la policía cibernética, serían las personas que a través del seudónimo de usuario "Dextersito" se dieran de alta en un foro de internet en donde se mostrara la foto de un menor de edad.
De ser culpables, los sujetos habrían incurrido en ilícitos considerados como graves por el Código Penal del estado, en el que se establecen también como condenas máximas corporales por ambos delitos 28 años de prisión y mil días de multa.

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