miércoles, 5 de octubre de 2011

Detenido Giovanni Llano Avila por alterar el orden público



Chetumal, Quintana Roo

La Secretaria de Seguridad Pública del Estado (SSPE) informa que por instrucciones del General Brigadier ICE, Carlos Bibiano Villa Castillo, elementos de la Policía Estatal Preventiva (PEP) al mando del subsecretario, Teniente Coronel, Julián Juventino Toscano Mendoza y del comisionado, Mayor ICE DEM, Eduardo Guadarrama Díaz, realizaron un operativo en la colonia Barrio Bravo, ya que momento antes varios vecinos del lugar reportaron al número de emergencia 066 a una persona, que al parecer, portaba un arma de fuego.

Al llegar al lugar los uniformados se entrevistaron con las personas que reportaron al presunto delincuente, los cuales aseguraron que el sujeto transitaba por la calle Isla Contoy con Heroico Colegio Militar a bordo de una camioneta, color azul marino, con vidrios polarizados, pero no proporcionaron el número de placas.

Sin embargo, los oficiales implementaron un operativo de búsqueda, y fue en el cruce de la avenida Miguel Hidalgo con 22 de Enero de la colonia Centro, donde lograron ubicar la camioneta, color azul, placas de circulación TB53241, que era guiada por Giovanni Llano Ávila, de 25 años de edad, con domicilio en Othón P. Blanco.

Esta persona accedió de manera pacífica para que los policías lo sometieran a una revisión de rutina, e incluso, él mismo reconoció que portaba un arma, pero aseguró que no era de fuego, sino de balines.

No obstante, Llano Ávila fue detenido y llevado a las instalaciones del área jurídica de la Policía Estatal Preventiva donde se le informó que el arma tipo escuadra Walter PqqQ color negro, calibre 177-4.5 mm, fabricación Taiwán cápsula de 12 g de CO2 UMAREX, se iba a quedar en reguardo de de la corporación para los trámites correspondientes, mientras que él fue acreedor a una sanción por cometer faltas al Bando de Policía y Buen Gobierno.

Vale la pena mencionar que de acuerdo con Ley Federal de Armas y Explosivos; No se considerarán como armas prohibidas los utensilios, herramientas o instrumentos para labores de campo o de cualquier oficio, arte, profesión o deporte que tengan aplicación conocida como tales, pero su uso se limitará al local o sitio en que se trabaje o practique el deporte.

Cuando esos instrumentos sean portados por necesidades de trabajo o para el ejercicio de un deporte, se deberá demostrar, en su caso, esas circunstancias.

Por lo tanto, el General Villa recomendó a la población a no portar este tipo de “artefactos” en la vía pública, pues de lo contrario serán detenidos por alterar el orden público.

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